El Congreso de la República oficializó el reglamento especial para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional (TC), máximo intérprete de la Constitución. La norma se publicó en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano mediante la Resolución del Senado 003-2026-2027-S.
El documento lleva la firma del presidente del Senado, Miguel Ángel Torres, y del primer vicepresidente de la Cámara Alta, Alejandro Muñante.
El proceso tendrá dos fases. La primera, de selección, estará a cargo de la Comisión de Procedimientos Especiales, que conducirá un concurso público de méritos desde la convocatoria hasta la elaboración del cuadro de méritos. La segunda, de elección, corresponde solo al pleno del Senado, que hará la votación final y designará a los magistrados entre los candidatos aptos.
Para postular, los aspirantes deben ser peruanos de nacimiento, ciudadanos en ejercicio y mayores de 45 años. Además, deben acreditar una sólida trayectoria: haber sido magistrado de la Corte Suprema o fiscal supremo, magistrado o fiscal superior durante 10 años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica por al menos 15 años.
Tampoco pueden tener investigaciones preparatorias ni condenas penales por delitos dolosos. El reglamento mantiene impedimentos e incompatibilidades para jueces y fiscales que no hayan dejado sus cargos con un año de anticipación, inhabilitados por el Congreso, deudores alimentarios, deudores de reparaciones civiles y exfuncionarios de gobiernos de facto.
El concurso calificará a los postulantes sobre 100 puntos. La evaluación curricular otorga hasta 70 puntos, repartidos en formación académica (hasta 30), experiencia profesional (hasta 30) e investigación jurídica (hasta 10). Quien no obtenga al menos 50 puntos en esta etapa quedará descalificado.
La entrevista personal, pública y presencial, otorga hasta 30 puntos y evalúa la trayectoria y la solvencia moral del candidato. Para aprobarla se requiere un mínimo de 10 puntos. Solo será considerado candidato apto quien sume un puntaje final de 60 puntos o más.
La norma también incluye mecanismos de fiscalización. Cualquier ciudadano podrá presentar tachas debidamente sustentadas contra los candidatos en un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de las candidaturas admitidas, sin firma de abogado ni pago de tasas.
Asimismo, la Contraloría General de la República revisará las declaraciones de ingresos, bienes, rentas y conflictos de intereses de los postulantes antes de la fase de entrevistas.
Al final del concurso, el presidente de la Comisión de Procedimientos Especiales enviará al presidente del Senado la lista de candidatos aptos, elaborada a partir del cuadro de méritos, junto con el informe final para la votación.