El Poder Judicial resolvió que el senador de Ahora Nación (AN) Alfonso López Chau afronte un juicio oral por presuntos actos de corrupción cometidos cuando era rector de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI).
La decisión corresponde al Vigésimo Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado de Lima. Este despacho emitió el auto de enjuiciamiento y dispuso enviar el expediente al Juzgado Penal Unipersonal de Corrupción de Funcionarios, que deberá fijar la fecha de inicio del juicio.
Según la resolución, López Chau apeló el auto de enjuiciamiento. Sin embargo, conforme a lo establecido por la Corte Suprema, esa apelación no impide que el juzgado a cargo convoque a las partes para desarrollar el juicio oral.
El caso gira en torno a la designación de Sonia Anapan Ulloa como secretaria general de la UNI en diciembre de 2021. La fiscal provincial Norah Córdova sostiene en su acusación que el entonces rector se habría concertado con Anapan Ulloa para nombrarla sin la aprobación del Consejo Universitario. De acuerdo con el estatuto de la universidad, esa instancia era la encargada de hacer el nombramiento a propuesta del rector.
El Ministerio Público afirma, además, que Anapan Ulloa no reunía los requisitos para el cargo, entre ellos ser docente, contar con experiencia específica y haberse desempeñado como jefa de área o departamento durante cinco años.
La Fiscalía también cuestiona que, al momento de su designación, la exfuncionaria aún tenía vínculo laboral con el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace). Asimismo, señala que tres meses después del nombramiento su sueldo subió 50% y llegó a S/ 13.500 mensuales.
La fiscal Córdova acusa a López Chau como presunto autor y a Anapan Ulloa como presunta cómplice del delito de colusión simple. Para ambos pide cuatro años y seis meses de prisión y tres años de inhabilitación.
De manera alternativa, la Fiscalía les imputa el presunto delito de negociación incompatible, por el cual solicita cinco años de prisión y 12 años y seis meses de inhabilitación.
La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, por su parte, pidió una reparación civil de S/ 605.000 por daño extrapatrimonial, a pagar de forma solidaria por los dos procesados.
Se buscó la versión del senador a través de su área de prensa en el Senado. Aunque hubo respuesta, hasta el cierre de la nota original no se había recibido su descargo.
La defensa de López Chau presentó dos recursos para evitar que el caso llegue a juicio: una excepción de improcedencia de acción, rechazada en dos instancias, y un pedido de sobreseimiento, que fue declarado desfavorable en primera instancia.
Entre sus argumentos, la defensa sostuvo que el entonces rector actuó dentro de sus atribuciones, que la designación se hizo tras la renuncia del anterior secretario general y que el Consejo Universitario ratificó luego el nombramiento.
La Sexta Sala Penal de Apelaciones de Lima concluyó, en cambio, que ninguna norma facultaba al rector a designar directamente al secretario general. El juzgado también determinó que un archivo fiscal anterior no impedía continuar el proceso, porque esa investigación no abarcó los presuntos delitos de colusión y negociación incompatible.
Con estas decisiones, el caso pasa a la etapa de juzgamiento, donde se determinará si los acusados tienen responsabilidad penal.
