En vivo Documentales
Lima
Domingo 25 de octubre
Perú Elige 2026 Resultados de la ONPE, sondeos y mapa interactivo
Economía

CTS Empresas tienen hasta el lunes 16 para depositarla

Las empresas del régimen laboral general tienen plazo hasta el lunes 16 de noviembre para depositar la CTS del semestre mayo-octubre de 2026, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Por la Ley 32322, los trabajadores pueden retirar el 100% de sus fondos hasta el 31 de diciembre de 2026.

Foto: Andina

Las empresas del régimen laboral general deben depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del período mayo-octubre de 2026 hasta el lunes 16 de noviembre, según precisó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL, explicó que el plazo regular abarca los primeros 15 días naturales de noviembre, pero como este año el día 15 cae domingo, la fecha límite pasa al siguiente día hábil.

El beneficio corresponde, en general, a los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada que mantengan un vínculo laboral durante el semestre computable.

Según la información difundida, el depósito no alcanza a quienes laboran a tiempo parcial bajo contrato, a quienes tienen una jornada promedio inferior a cuatro horas diarias ni a quienes perciben una remuneración integral anual que ya incluye este beneficio.

Tampoco corresponde a los trabajadores de microempresas inscritas en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) contratados después de la inscripción de la empresa. Quienes ingresaron antes de esa inscripción conservan el derecho que les corresponda.

Además, los trabajadores que al 31 de octubre no hayan cumplido un mes de servicios no recibirán el depósito de noviembre. Esos días laborados se sumarán al siguiente período semestral.

Para calcular el monto se usa como base la remuneración computable de octubre, a la que se agrega un sexto de la gratificación de julio y otros conceptos remunerativos computables que fije la ley.

Como ejemplo, un trabajador que gana S/ 2000 mensuales y laboró todo el semestre recibiría un depósito referencial de S/ 1000, sin incluir el sexto de la gratificación de julio ni otros conceptos que pudieran corresponder. Si no trabajó el semestre completo, el monto se calcula de forma proporcional a los meses y días computables.

La CCL recordó que el empleador debe depositar la CTS en una cuenta bancaria o financiera a nombre del trabajador, quien tiene derecho a elegir la entidad autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

De forma excepcional, la Ley 32322 permite a los trabajadores disponer libremente del 100% de sus depósitos de CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, aun cuando no haya concluido su relación laboral. Esta autorización no cambia la obligación de los empleadores de hacer el depósito dentro del plazo legal.

Si bien la CTS debe depositarse dentro de los primeros 15 días naturales de noviembre, este año el 15 de noviembre cae domingo. Por ello, el plazo se traslada al siguiente día hábil, es decir, lunes 16 de noviembre

Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL)