El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) aprobó la Circular N° 0028-2026-BCRP, que fija un nuevo Reglamento del Uso de Códigos de Respuesta Rápida (QR) en Servicios de Pago y da origen al Estándar QR Perú.
Según el BCRP, la medida apunta a fortalecer la interoperabilidad, facilitar la llegada de nuevos participantes y funcionalidades, y reforzar la seguridad de los pagos digitales.
La circular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, es decir, desde el sábado 7 de noviembre. Con ello quedará sin efecto la Circular N.° 0003-2020-BCRP, aunque se mantienen disposiciones transitorias para los códigos QR que ya están en uso.
El nuevo reglamento actualiza el marco que regía desde 2020. La norma anterior se enfocaba sobre todo en los pagos a comercios; la nueva fija reglas comunes para distintos servicios de pago, que se aplicarán sin importar la infraestructura por la que se procese cada operación.
El Estándar QR Perú es un conjunto de reglas, campos y criterios técnicos comunes para generar, leer, interpretar y procesar los códigos QR que se usan en los pagos. Se basa en las especificaciones internacionales de EMVCo.
Hoy, las soluciones de pago pueden emplear campos, identificadores y mecanismos de procesamiento diferentes, lo que obliga a hacer desarrollos específicos para conectarlas entre sí. El nuevo estándar plantea una estructura común para reducir esa necesidad.
El reglamento reparte obligaciones según el papel que cumple cada entidad. Los Generadores deberán asegurar que los códigos cumplan con el Estándar QR Perú y que puedan leerse, validarse y procesarse de forma interoperable.
Los Proveedores, que entregan los códigos a comercios u otros beneficiarios, tendrán que adoptar medidas para garantizar su uso correcto y evitar que sean alterados o suplantados. Los Lectores, por su parte, deberán interpretar bien la información de los códigos, verificar su integridad y mostrar al usuario los datos relevantes de la operación antes de que la confirme.
La norma suma, además, obligaciones comunes en seguridad, prevención de fraudes, trazabilidad, gestión de riesgos, atención de reclamos y continuidad operativa.
La circular también crea el Registro QR Perú, a cargo del BCRP, que permitirá identificar a las entidades que participan en el ecosistema y la función que cumplen. Estas deberán inscribirse antes de operar y mantener su información al día. La lista de inscritos se publicará en el Portal Institucional del BCRP.

