El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó que los billetes y monedas que pone en circulación el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) son de aceptación obligatoria, conforme al artículo 43 de la Ley Orgánica de esa institución.
Por esa razón, la entidad alertó que negarse sin justificación a recibir pagos en efectivo podría afectar los derechos de los consumidores y configurar una infracción a las normas de protección al consumidor.
El pronunciamiento se da luego de que el Indecopi revisara la política de un establecimiento de Chimbote que no recibía billetes de S/ 200. Para la autoridad, el riesgo de posibles falsificaciones no era motivo suficiente para rechazar todos los billetes de esa denominación.
Sin embargo, el Indecopi aclaró que cada caso debe evaluarse de forma particular. Si un billete o una moneda muestra indicios de falsificación, está muy deteriorado o ya fue retirado de circulación, corresponde examinar sus características antes de concluir si el rechazo es válido.
La entidad subrayó que lo que debe evitarse son las restricciones generales que impidan pagar con dinero de curso legal sin una razón que lo justifique.
Asimismo, precisó que los proveedores pueden impulsar el uso de tarjetas y billeteras digitales por motivos de seguridad, eficiencia o comodidad. No obstante, eso no los libera de cumplir la normativa, que establece que los billetes y monedas emitidos por el BCRP son de aceptación forzosa para el pago de toda obligación privada.


