El Gobierno de España propone elevar el salario mínimo interprofesional (SMI) a 1.286 euros mensuales en 2027. Así lo establece el borrador de real decreto que publicó el Ministerio de Trabajo y Economía Social, con la firma de la ministra Yolanda Díaz.
La nueva cifra representa un aumento de 5,3% frente a los 1.221 euros vigentes, es decir, 65 euros más al mes. En términos diarios equivale a 42,87 euros y, en cómputo anual con 14 pagas, a 18.004 euros. Según el texto, la medida alcanzaría a cerca de 2,5 millones de perceptores.
El porcentaje supera en cuatro décimas el 4,9% que había recomendado tres días antes la Comisión Asesora para el Análisis del Salario Mínimo (CAASMI), integrada por representantes ministeriales, interlocutores sociales y expertos independientes.
La memoria que acompaña al proyecto explica que el cálculo pondera los cuatro factores que exige el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores: el índice de precios de consumo (IPC), la productividad media nacional, la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general. Además, busca corregir un desfase de 0,4 puntos entre la inflación media acumulada de enero a octubre de 2026 (3,5%) y el aumento aplicado al inicio de ese año (3,1%).
El proyecto está en audiencia pública desde este miércoles por la noche hasta el 16 de noviembre. Por ahora no cuenta con el apoyo de los sindicatos ni de la patronal. La reunión que el ministerio sostuvo un día antes con CCOO, UGT, CEOE y Cepyme solo sirvió para presentar la propuesta de los expertos, sin que se llegara a un acuerdo.
Los empresarios cuestionan que Trabajo quiera acelerar el trámite para llevar la norma al Consejo de Ministros antes del 29 de noviembre, fecha de las elecciones generales. Los sindicatos, por su parte, exigen un alza de 7% y un acuerdo sobre la absorción de pluses.
El borrador mantiene el esquema actual de compensación y absorción de complementos salariales. Por ello, no tocará los sueldos que, en conjunto y en cómputo anual, ya superen los 18.004 euros. Solo subirán los salarios que estén por debajo de ese monto, y únicamente hasta alcanzarlo.
Esta decisión choca con una de las condiciones de CCOO. Su secretario general, Unai Sordo, había advertido que para llegar a un acuerdo el Gobierno debía comprometerse a prohibir la absorción de pluses, para evitar que las empresas compensaran por esa vía el aumento del salario mínimo.
El texto tampoco precisa si el nuevo SMI quedará exento del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), pese a que el Gobierno ya se había comprometido a mantener esa exención en 2027. A diferencia del monto del salario, que se aprueba por real decreto, la medida tributaria requiere una modificación legal que deberá convalidar la Diputación Permanente del Congreso español.
Desde 2025 se aplica una deducción para las rentas más bajas que en 2026 llega a 591 euros para quienes ganan el salario mínimo y disminuye de forma progresiva hasta los 20.000 euros brutos anuales, para evitar el llamado error de salto. CCOO pidió al Ejecutivo que aclare el alcance de esa deducción para 2027 antes de cerrar el proceso.
La memoria de impacto estima que cada punto porcentual de subida elevará en 127 millones de euros los ingresos por cotizaciones a la Seguridad Social. También prevé un mayor gasto de 30,17 millones de euros en prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal y un costo adicional de 3,25 millones de euros en las cuotas de cuidadores no profesionales de personas dependientes, que financia el Ministerio de Derechos Sociales.
El borrador fija montos específicos para algunos casos. Los trabajadores con contratos temporales que no superen los 120 días en una misma empresa recibirán como mínimo 60,88 euros por jornada legal, cifra que ya incluye la parte proporcional de domingos, feriados y las dos gratificaciones extraordinarias.
Para las trabajadoras y trabajadores del hogar que laboran por horas en régimen externo, el mínimo será de 10,06 euros por hora efectivamente trabajada, con todos los conceptos incluidos. En todas las modalidades solo se considera el pago en dinero; el salario en especie no puede reducir el monto fijado.
Finalmente, la norma incluye una disposición transitoria de “no afectación”. Con ella, el nuevo SMI no se aplicará automáticamente a normas autonómicas o locales que lo usan como referencia para otorgar ayudas o prestaciones públicas, ni a contratos y acuerdos privados que lo tomen como indicador, salvo que las partes o la normativa sectorial digan expresamente lo contrario. En esos casos, durante 2027 seguirá rigiendo el valor anterior del salario mínimo.
