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Política

MULTA ELECTORAL Si no pagas, te pueden embargar las cuentas

Con las Elecciones Regionales y Municipales 2026 cada vez más cerca, especialistas explican que no pagar la multa por no votar o por no cumplir como miembro de mesa puede restringir trámites públicos y privados y derivar en el embargo de cuentas bancarias por parte del JNE.

Quienes no paguen la multa electoral por no votar o por no cumplir su función de miembro de mesa pueden enfrentar restricciones en diversos trámites ante entidades públicas y privadas, e incluso el embargo de sus cuentas bancarias, según explicaron especialistas en derecho electoral a pocos meses de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026.

En cada proceso electoral, un porcentaje de electores no acude a votar por distintos motivos. Esto genera multas cuyo monto varía según el sector social o la función que la persona tenía en el proceso. Mientras la deuda siga pendiente, el ciudadano puede verse limitado al realizar determinados actos civiles y administrativos.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) se encarga del cobro de estas multas, aunque la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) también interviene en el sistema electoral. Al imponer una multa, el JNE emite una resolución y la notifica al ciudadano, quien puede presentar descargos antes de que la sanción quede firme.

Si la deuda no se cancela, puede intervenir el área de ejecución coactiva del JNE. Una vez recibida la resolución de cobranza, el ciudadano cuenta con un plazo de 10 días para ponerse al día.

La especialista en derecho electoral Silvia Vergara precisó que las multas alcanzan tanto a quienes no votan como a quienes, tras ser designados miembros de mesa, no cumplen esa labor. Añadió que también pueden surgir obstáculos para intervenir en algunos procesos judiciales en los que la persona sea parte, y que la deuda puede detectarse en gestiones notariales gracias al uso de la biometría.

Por su parte, José Tello, presidente de Aklla Perú, señaló que la aplicación de estas observaciones depende de la entidad y del trámite que se quiera realizar. Indicó que, aunque el sistema puede mostrar que una persona tiene una multa pendiente, la restricción no opera de manera uniforme en todos los casos.

En el ámbito financiero, Tello explicó que pueden presentarse problemas para abrir una cuenta bancaria si el ciudadano mantiene una multa electoral sin pagar.

Las limitaciones también pueden extenderse a trámites ante entidades públicas, como la solicitud de una licencia de conducir, o a la inscripción como beneficiario de algunos programas sociales. Asimismo, una persona nombrada como funcionaria tendría que saldar su deuda antes de asumir el cargo.

Sobre los viajes, Vergara aclaró que una multa electoral no impide directamente salir del territorio nacional, ya que una prohibición de ese tipo requiere una orden judicial. Sin embargo, advirtió que sí pueden surgir trabas en trámites necesarios para viajar, como la emisión o actualización del pasaporte, y también podría haber una observación al renovar el DNI.

Si el pago no se concreta, el JNE puede iniciar un proceso de embargo sobre las cuentas del ciudadano en el sistema financiero. Según Tello, esta medida puede afectar todas las cuentas y resultar más complicada que el propio monto de la multa, por las dificultades operativas y los costos que podría cobrar el banco.

Vergara explicó que el JNE puede enviar solicitudes de embargo de forma general al Banco de la Nación y a bancos privados, debido a que la información sobre las cuentas y fondos de cada ciudadano es reservada y no necesariamente se sabe dónde tiene más recursos. En ese caso, el banco puede retener el monto disponible al momento de ejecutarse la medida.

Los ciudadanos que no votaron o no cumplieron como miembros de mesa pueden regularizar su situación. La normativa vigente contempla una dispensa para quien no votó y una justificación para quien no ejerció como miembro de mesa. Entre las causales figuran problemas de salud, viajes al exterior, estudios y tratamientos médicos. También procede la regularización cuando el elector ha fallecido, trámite que puede gestionar un familiar.

Según Vergara, estas solicitudes pueden presentarse antes de que se emita la resolución de multa, por lo que recomendó que quienes tengan pruebas que expliquen su inasistencia las presenten durante el procedimiento correspondiente.

Realizar algunos actos notariales, algunos contratos, legalizaciones de firmas, por ejemplo, van a advertir la falta; ahora también en las notarías se utiliza biometría y salta en el sistema

Silvia Vergara, especialista en derecho electoral